
relativa a dicha solicitud. Cabe mencionar que si bien la Visitaduría General funge como
enlace con el Centro de Evaluación y Control de Confianza en el Estado, debido a la
categoría de ciertos cargos algunos resultados no se procesan a través de éste órgano
interno de control».
MEXICALI.- A través del portal de Transparencia del Gobierno del Estado fue solicitada información sobre los exámenes de control y confianza practicados a la titular de la dependencia Perla del Socorro Ibarra Leyva, sin embargo fue negada dicha información aduciencia que no existe dicha información.
«Al respecto le comunico que, la Visitaduría General no cuenta con información relativa a dicha solicitud. Cabe mencionar que si bien la Visitaduría General funge como enlace con el Centro de Evaluación y Control de Confianza en el Estado, debido a la categoría de ciertos cargos algunos resultados no se procesan a través de éste órgano interno de control», respondió la encargada de despacho de la Visitaduría General de dicha dependencia Julian Javier Flores Zurita.
Sin bien es cierto que el Centro de Control y Confianza (C3) es la encargada de practicar dichos exámenes, además del sistema nacional de seguridad pública, se informa a la dependencia donde labora el servidor público para tener información sobre las condiciones de salud, situación económica y psicológica, en el caso de la Magistrada con licencia no hay datos de acuerdo a la respuesta obtenida por el reportero del Sistema de Acceso a Solicitudes de Información Pública.
La pregunta hecha fue: «Dependencia o Entidad a la que solicita: Procuraduría General de Justicia del Estado. ¿Cuándo la procuradora Perla del Socorro Ibarra Leyva, aprobó los exámenes de Control y Confianza? de acuerdo al artículo 17 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado aprobó los exámenes de salud y confianza? Cuándo aprobó dichos exámenes y si a la fecha se le practicó dichos exámenes».
SE LE VENCE LICENCIA
La titular de la PGJE, Perla del Socorro Ibarra Leyva, está a punto de vencerse la licencia de Magistrada que le otorgó la XXI Legislatura que es la de dos años, misma que no puede renovarse.
En este caso la funcionaria debe tomar la decisión de renunciar a uno de los cargos que ostenta.