Comunicados de prensa del IEEBC
FIJA MONTOS DE CUOTAS COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL IEEBC PARA LA REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS
EN COMISIÓN SE APRUEBA MODIFICACIÓN A LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL DEL IEEBC
En el marco de la sesión de la Comisión Especial de Administración del Instituto Estatal Electoral fueron aprobadas las modificaciones a la estructura organizacional, tabulador de percepciones por niveles para personal permanente y para personal del servicio profesional electoral, así como adecuación al programa operativo anual 2017.
La Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión Especial, Helga I. Casanova López, indicó que el dictamen veintiuno fue sometido a consideración y aprobado por unanimidad en lo general, por los miembros de la Comisión, donde se analizó la procedencia de estas modificaciones. Respecto a la estructura organizacional en lo particular se votó con dos votos en a favor y uno en contra, y dos votos en contra y uno a favor, respecto al tabulador de sueldos por lo que se desechó y se planteó un ajuste.
Explicó que la estructura organizacional del Instituto, contempla que la Unidad de Servicio Profesional Electoral y Vinculación con el INE, la cual depende actualmente de la Secretaría Ejecutiva, cambie de adscripción al Departamento de Administración como un área administrativa subordinada al mismo; modificándose su denominación para quedar como Unidad de Servicio Profesional Electoral en virtud de que las funciones de vinculación con el Instituto Nacional Electoral serán llevadas a cabo por la Secretaría Ejecutiva.
Adicional a lo antes mencionado, se propone realizar la modificación de la Oficina de Contabilidad, Presupuestos y Recursos Humanos para dar como resultado dos unidades administrativas siendo estas la Oficina de Contabilidad y Presupuestos y la Oficina de Recursos Humanos, ambas adscritas al Departamento de Administración.
Explicó que en lo que respecta al tabulador de sueldos del personal permanente se ve la necesidad de realizar algunas modificaciones al autorizado actualmente, debido a las nuevas funciones encomendadas a 2 plazas adscritas a la Oficina de Recursos Materiales, siendo importante señalar que esta modificación no pretende llevar a cabo movimientos al sueldo del personal en cuestión.
Asimismo, el tabulador para el personal que integre el Servicio Profesional Electoral (SPEN) sufrió modificaciones, de conformidad con los “Lineamientos para el otorgamiento de incentivos y para el funcionamiento del comité valorador de meritos administrativos ya que el personal que formara parte, contará con prestaciones adicionales a las del personal de carácter permanente, mismas que se encuentran en análisis por parte de la Unidad de Servicio Profesional de este Instituto.
A continuación se presentan las modificaciones para personal permanente quedando de la siguiente manera:
A continuación se detallan las modificaciones que se proponen realizar a dicho tabulador por niveles salariales para personal que integre el Servicio Profesional Electoral (SPEN)
Precisó que en este proyecto se instruye a la Secretaría Ejecutiva del organismo para que realice las gestiones que sean necesarias ante el H. Congreso del Estado, a fin de hacer de su conocimiento la presente modificación, dentro de los 15 días siguientes a la aprobación por el Pleno del Consejo General Electoral donde se discutirá, aprobara o modificara en su caso.
FIJA MONTOS DE CUOTAS COMITÉ DE TRANSPARENCIA DEL IEEBC PARA LA REPRODUCCIÓN DE DOCUMENTOS
- En el caso de que la impresión de documentos en materia de acceso a la información sobrepase las 20 hojas.
- Los montos aprobados se basaron en criterios razonables y están por debajo de los mínimos que establece la Ley de Ingresos del Estado.
El Comité de Transparencia y Acceso a la Información del Instituto Estatal Electoral de Baja California celebró su Quinta Sesión Extraordinaria donde fueron aprobados por mayoría los montos de cuotas por la reproducción de documentos en materia de información pública.
El Presidente del Comité, Luis Escalante Aguilar, informó que el nuevo marco de la transparencia privilegia el acceso a la información pública en la modalidad de vía electrónica, lo cierto es que tal predominancia no elimina la vía impresa y es derecho de los ciudadanos el optar por esta vía, razón que amerita la determinación de las cuotas de acceso en el caso de que la impresión de documentos en materia de acceso a la información cuando sobrepase las 20 hojas.
Precisó que el Artículo 6 del Reglamento de Transparencia establece que la consulta de la información pública es gratuita sin embargo en caso de que se trate de copias simples que excedan de la cantidad de 20 hojas útiles, el costo corresponda a la reproducción de la información según la cuota que establezca el Comité de Transparencia. En cuanto a las cuotas para la reproducción de documentos en materia de derecho de acceso a la información pública corresponde a Copia simple $1.00 m/n y Copia certificada $10.00 m/n
Dijo que los montos aprobados se basaron en criterios razonables y están por debajo de los mínimos que establece la Ley de Ingresos del Estado privilegiando el acceso a la información de los ciudadanos.
Agregó que para el IEEBC el derecho de los ciudadanos de acceder a la información generada por los diversos sujetos obligados, debe ser garantizado en todas sus vertientes.
Finalmente la integrante del Comité, Perla Esquivel Barrón, emitió un voto razonado y en el que planteó un exhorto al órgano garante en el Estado para dilucidar la solución a esta problemática que impacta no sólo al instituto sino a todos los sujetos obligados de Baja California, en cuanto a las cuotas de recuperación en la reproducción de documentos de materia de información pública del IEEBC.