Comunicado.
MEXICALI.- Durante la 5ta sesión ordinaria del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Baja California (ITAIPBC), se hizo efectiva la multa en contra del Partido Morena, Partido de la Revolución Democrática (PRD) y el Sindicato Único de Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado, Municipios e Instituciones Descentralizadas de Baja California, sección Playas de Rosarito.
La multas se hicieron efectivas al C. Jaime Bonilla Valdez, en su carácter de Presidente del Comité Ejecutivo Estatal de Morena en Baja California y al C. Abraham Correa Acevedo, en su carácter de Presidente del Comité Ejecutivo Estatal del Partido de la Revolución Democrática (PRD), lo anterior, por no publicar en sus portales de internet las obligaciones de transparencia referidas en los artículos 81 y 84 de la Ley de Transparencia del Estado de Baja California.
Cabe destacar, que los procedimientos de verificación realizados por el Órgano Garante a los portales de internet de los Partidos Políticos, iniciaron en marzo del presente año.
Así mismo, se hizo efectiva la aplicación de una multa al C. Miguel Angel Ibarra Arenas, en su carácter de Secretario General del Sindicato de Burócratas, sección Playas de Rosarito, por no dar respuesta en los términos señalados a la información solicitada por un ciudadano, en relación a los ingresos, egresos, sueldos, honorarios y/o compensaciones de la sección sindical en un periodo comprendido de 2014, 2015 y 2016.
Las multas aplicadas serán de $12,090.00 M.N., sin embargo, en aras de garantizar el derecho de acceso a la información del ciudadano, se ordenó requerir de nueva cuenta a los representantes del Morena, PRD y Sindicato de Burócratas sección Rosarito, para que pongan a disposición la información pública solicitada en los términos señalados en la resolución emitida por el Órgano Garante. De incumplir de nuevo con lo ordenado serán acreedores de otra multa con la cantidad de $24,180.00 M.N.
Cabe señalar que, el pago de la multa no exime al sujeto obligado de cumplir con la resoluciones del Instituto, por lo que al estar en incumplimiento de la resolución, se pueden imponer multas de hasta 1,500 UMAS, equivalentes a 120 mil 900 pesos, que deberán ser pagados con los recursos propios y no con recursos del Sujeto Obligado, según lo establece la Ley.
El Comisionado Presidente, Octavio Sandoval López, reiteró la indicación a acudir al Instituto a capacitarse sobre el cumplimiento de la Ley de Transparencia, en ese sentido manifestó que han realizado más de 20 sesiones de capacitación a los Sujetos Obligados para que cumplan con la transparencia y la rendición de cuentas.
De igual manera, el Comisionado Presidente reiteró, “la Ley de Transparencia fue aprobada en abril de 2016 y entró en vigor en agosto del mismo año, por lo cual la transparencia y rendición de cuentas es una política pública obligatoria que no tiene reversa, por lo que todos debemos comprometernos a cumplirla, porque independientemente que es una demanda de la sociedad, su cumplimiento es ineludible por así establecerlo la Ley”.
También, durante la sesión se aprobó la modificación del padrón de Sujetos Obligados del Estado de Baja California, en donde se incorporaron el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Sección 37, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación Sección 2 y la Sindicatura Municipal del Ayuntamiento de Mexicali, esta última, a petición de la Síndico Procurador, Blanca Irene Villaseñor Pimienta, de incluir a la Sindicatura como Sujeto Obligado independiente al Ayuntamiento de Mexicali.
De igual manera, el Pleno del ITAIPBC aprobó la reforma al Reglamento de la Ley de Transparencia, para efecto de que se contemple en un solo instrumento los reglamentos para la sustanciación de los recursos y denuncias