Comunicado de prensa
APRUEBA IEEBC CONVOCATORIA PÚBLICA DIRIGIDA A CIUDADANÍA A PARTICIPAR EN LA FIGURA DE CANDIDATURA INDEPENDIENTE
DETERMINA CONSEJO GENERAL DEL IEEBC TOPES MÁXIMOS DE GASTOS DE PRECAMPAÑA A EROGAR POR LOS PARTIDOS POLÍTICOS
- Dentro el proceso electoral local ordinario 2018-2019 en Baja California
MEXICALI.- En los trabajos de la Novena Sesión Extraordinaria, el Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), aprobó la determinación de los topes máximos de gastos de precampaña a erogar por los partidos políticos durante el actual proceso electoral.
El Consejero Electoral, Jorge Alberto Aranda Miranda, Vocal de la Comisión del Régimen de Partidos Políticos y Financiamiento, presentó ante el Pleno del Consejo General el Dictamen número 9, en el que explicó que para la elección de la gubernatura, al igual que el caso de las candidaturas independientes, se tomará como referencia lo establecido en 2013, por lo que la cantidad de $22’650,079.27, establecida en aquella ocasión, se multiplicará por el 20% previsto en el artículo 125 de la Ley Electoral, la cual asciende a la cantidad $4’530,015.86 pesos.
TOPE DE GASTOS DE CAMPAÑA PARA DIPUTADOS LOCALES
El Dictamen cuenta con una consideración especial, en la que se informó que no pasan desapercibidas para la autoridad las diversas manifestaciones vertidas durante el análisis del dictamen, respecto de la necesidad de modificar la determinación del tope de gastos máximos de gastos a erogar en precampaña en razón de la redistritación aplicada en el Estado de Baja California resultado de la nueva configuración competencial de las autoridades electorales.
En este sentido, es pertinente señalar que durante la última reforma electoral estatal en junio de 2018, no se previeron las medidas necesarias para actualizar la fórmula establecida para la determinación del tope de precampaña en razón de la nueva distritación local, lo que implica que la autoridad electoral deba acatar lo dispuesto en el artículo 125 de la Ley Electoral, a fin de dotar de certeza y legalidad su actuación en la emisión del Dictamen.
En su oportunidad, la Consejera Electoral Olga Viridiana Maciel Sánchez, presentó un voto concurrente en virtud de que la Ley en la materia claramente mandata que el tope de gastos que podrán erogar las precandidatas y precandidatos, en el desarrollo de sus procesos internos de selección, será el que resulte de aplicar el 20% al establecido para las campañas inmediatas anteriores según la elección de que se trata, sin embargo, no pasa desapercibido que el resultado de dicho cálculo de topes máximos para las precampañas, se aparta del principio de equidad ello derivado de la nueva distritación efectuada por el INE de los 17 Distritos Electorales del Estado de Baja California, al no guardar relación ni congruencia con las secciones que lo conformaban para las elecciones anteriores, toda vez que como ha quedado precisado, dicha distritación, tuvo como objeto garantizar una representación política equilibrada de los habitantes en cada distrito, organizando territorialmente los distritos electorales locales con base en el último Censo General de Población.
Reiteró que el principio de equidad es de suma importancia y trascendencia en las contiendas electorales, pues supone asegurar un trato equiparable para todas las fuerzas políticas que buscan ser votadas.
El Consejero Electoral, Abel Alfredo Muñoz Pedraza, realizó un voto razonado, en el que establece que coincide con los argumentos expresados y con el sentido del punto de acuerdo aprobado por unanimidad de los consejeros electorales integrantes del Consejo General del IEEBC, pero consideró necesario agregar diversos razonamientos que fortalezcan la argumentación del mismo, con fundamento en el Artículo 19, apartado c), del Reglamento Interior, en torno a que también consideró que somos igualmente responsables de velar por los principios de igualdad sustantiva para garantizar las contiendas electorales equitativas.
Asimismo, el Consejero Presidente, Clemente Ramos Mendoza, realizó un voto razonado en el que expresó que en el tema de la determinación de los topes máximos de gastos de precampaña por una diputación local se cimenta fundamentalmente en los topes de gastos de campaña para la elección de diputaciones locales del proceso electoral anterior. Sin embargo, esos importes no guardan proporcionalidad a la nueva distritación electoral que se aplicará por primera vez para el proceso electoral 2018-2019, por lo que señaló que es dable concluir que las y los precandidatos deben tener las mismas posibilidades de contender.
Asimismo, dijo que otro principio que es trastocado es el de equidad, mismo que rige la función pública electoral y que se traduce en dar igualdad de oportunidades para todos los participantes en las contiendas electorales, situación que no se está privilegiando en esta ocasión. De modo, que consideró que se debería maximizar la protección de los derechos políticos-electorales de las y los precandidatos.
Por último, advirtió que en la Ley de Partidos Políticos del Estado de Baja California, no se previó algún dispositivo transitorio que permitiera en su caso, generar condiciones de igualdad y equidad en la determinación de los topes máximos en los distritos electorales, dada la nueva configuración de la cartografía electoral que se está aplicando por primera vez en Baja California para el actual proceso electoral local ordinario. En consecuencia, el Instituto Estatal Electoral solo está en condiciones de aplicar la Ley en los términos que expresamente así se encuentre establecido.
APRUEBA IEEBC CONVOCATORIA PÚBLICA DIRIGIDA A CIUDADANÍA A PARTICIPAR EN LA FIGURA DE CANDIDATURA INDEPENDIENTE
- Dentro el proceso electoral local ordinario 2018-2019 en Baja California.
MEXICALI, B.C., A SÀBADO 01 DE DICIEMBRE DE 2018.- Los integrantes del Consejo General del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) aprobaron la Convocatoria Pública dirigida a la ciudadanía interesada en participar bajo la figura de candidatura independiente a los cargos de gubernatura del estado, munícipes y diputaciones por el principio de mayoría relativa, en el proceso electoral local ordinario 2018-2019 en Baja California.
La Consejera Electoral Olga Viridiana Maciel Sánchez, en su carácter de Presidenta de la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos, dio lectura al Dictamen Número Tres en el que refirió que la manifestación de intención deberá hacerse del conocimiento del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), por escrito y con firma autógrafa de la ciudadana o ciudadano interesado, en los términos siguientes:
- a)A partir el 3 de diciembre y hasta el 15 de diciembre de 2018, para quienes aspiren a una candidatura independientes a la Gubernatura del Estado;
- b)A partir el 3 de diciembre y hasta el 31 de diciembre de 2018, para quienes aspiren a una candidatura Independientes al cargo de Munícipes de los Ayuntamientos;
- c)A partir el 3 de diciembre de 2018 y hasta el 15 de enero de 2019, para quienes aspiren a una candidatura Independientes a una Diputación por el principio de mayoría relativa.
Las y los interesados deberán presentar su manifestación de intención ante el Secretario Ejecutivo del IEEBC, en Avenida Rómulo O`Farril número 938, Centro Cívico y Comercial, Mexicali, B.C; mediante los formatos establecidos y disponibles en el portal institucionalwww.ieebc.mx.
Se dio el visto bueno al Modelo de Estatus de la Asociación Civil que deberá constituir la ciudadanía interesada en participar como candidato o candidata independiente a los cargos de Gubernatura del Estado, Munícipes y Diputaciones por el principio de mayoría relativa. Así como la emisión de los lineamientos para la obtención y verificación del porcentaje de apoyo ciudadano que se requiere para el registro de candidatas y candidatos independientes.
Por otra parte, la Consejera Electoral y Presidenta de la Comisión de Reglamentos y Asuntos Jurídicos sometió a consideración del Pleno el Dictamen Número Dos, relativo a los lineamientos para la obtención y verificación del porcentaje de apoyo ciudadano que se requiere para el registro de candidaturas independientes para el proceso electoral vigente, así como los formatos de la cédula de respaldo de apoyo ciudadano.
Además, se autorizó el uso de la solución tecnológica desarrollada por el Instituto Nacional Electoral (INE) para que las y los aspirantes a los distintos cargos de elección popular por la vía independiente, recaben dicho apoyo.