CIUDAD DE MÉXICO.-La Suprema Corte de Justicia de la Nación informó que fueron inválidas las normas civiles de Baja California que sancionan la alienación parental con la pérdida de la patria potestad.
El juzgador debe tener la posibilidad de ponderar cada caso concreto con base en el interés superior del menor y determinar cuál es la medida más benéfica.
De esa forma se echan abajo las reformas hechas en junio de 2017 por la XXII Legislatura, donde la inicialista fue la diputada del PAN, Eva María Vázquez, y que se refería a la pérdida de la patria potestad en caso de que uno de los padres promueva el odio en sus hijos contra la ex pareja.

En la sesión del 27 de junio de 2017 se aprobaron por unanimidad las reformas al artículo 279, 281, 419 del Código Civil, 926 del Código de Procedimientos Civiles y 21 de la Ley para la Protección y Defensa de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, todos del
Estado de Baja California, las cuales quedaron sin efecto con la decisión de la máxima sala de Justicia del país.