Comunicatorio
Se confirma dictamen del IEEBC, relacionado con la imposición de una sanción al PBC.
En la sesión pública del día de hoy, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral (TJEBC), resolvió el expediente RA-05/2020,promovido por José Félix Arango Pérez, quien controvirtió la resolución de la Comisión de Justicia del Consejo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN), al respecto, el Tribunal advirtió que dicha resolución se encontró indebidamente fundada y motivada, pues no se establecieron los preceptos legales y motivos que se desprendieran de la responsabilidad atribuida al recurrente, transgrediendo con ello el artículo 16 de la Constitución Política Federal.
En razón de lo anterior y, en plenitud de jurisdicción, el Tribunal revocó la resolución inicial emitida por la Comisión de Orden y Disciplina Intrapartidaria del PAN, así como el dictamen emitido por la Comisión de Justicia de dicho partido, al razonar que los partidos políticos se encuentran impedidos para imponer sanciones a los militantes que integran alguna legislatura, cargo por el que fueron electos, ya que ello implicaría la pretensión de subordinar el ejercicio de la función pública a las determinaciones e intereses partidarios.
En ese sentido, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, ha establecido que los ciudadanos que ejercen cargos públicos de representación popular, se encuentran obligados primordialmente a desempeñar el mismo, atendiendo a las disposiciones constitucionales y legales en que se establezcan los deberes, derechos, facultades y obligaciones del servicio público que ejercen y, de manera secundaria atender a la normativa interna del partido político al que pertenezcan.
Por consiguiente, el Tribunal ordenó a la Comisión de Orden del PAN, realizar las gestiones necesarias a efecto que, en un plazo no mayor a tres días, restituya el ejercicio de los derechos político-electorales como militante del PAN a José Félix Arango Pérez.
En otro asunto, el Pleno del Tribunal, resolvió el expediente RI-10/2020, promovido por el Partido de Baja California (PBC), en contra de la resolución número 1, del Instituto Estatal Electoral (IEEBC), mediante la cual sancionó al PBC por afiliación involuntaria de un ciudadano.
Al respecto, el Tribunal determinó confirmar la resolución impugnada, ya que contrario a lo expresado por el partido político recurrente, el Tribunal consideró una correcta fundamentación y motivación por parte del IEEBC, demostrándose que no existió violación procesal, toda vez que el Instituto no estaba obligado a requerir la ratificación de la denuncia de parte del ciudadano.
Las resoluciones pueden consultarse en el portal del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California www.tje-bc.gob.mx