Comunicado
TJEBC INSTRUYE AL IEEBC A ANALIZAR Y EN SU CASO GENERAR NUEVAS ACCIONES AFIRMATIVAS EN PARIDAD, IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN A FAVOR DE LAS COMUNIDADES LGBTI+, INDÍGENAS, JÓVENES Y PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
MEXICALI.-El Pleno del Tribunal de Justicia Electoral (TJEBC), en su primera sesión de resolución no presencial de este año, resolvió el expediente RI-47/2020 y Acumulados, promovidos por Claudia Elsa López Sanz y otros, quienes impugnaron el Dictamen No. 7, aprobado por el Instituto Estatal Electoral (IEEBC), relativo a los “Lineamientos para garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales de paridad de género, igualdad sustantiva y no discriminación en la postulación de candidaturas y en la etapa de resultados del Proceso Electoral 2020-2021 en Baja California”.
Al respecto, el Pleno del Tribunal, consideró infundados los agravios que controvirtieron la acción afirmativa para alcanzar la integración paritaria en el Congreso del Estado de Baja California, al advertirse
que estas resultan idóneas y justificadas en términos de los artículos 41 y 35, fracción II de la Constitución federal.
Por otra parte, el Tribunal consideró fundados los agravios en relación con las acciones afirmativas respecto a los pueblos y comunidades indígenas y jóvenes, por lo que quedaron sin efectos los artículos 20, 23 y 30 de los referidos Lineamientos.
Sobre ello, el Pleno del Tribunal, determinó que por lo que hace a los pueblos y comunidades indígenas, las mismas no resultaron idóneas y justificadas para alcanzar el fin legítimo que se persigue en términos
de los artículos 2°, Apartado A y B, y 35, fracción II de la Constitución federal, respecto el acceso de las referidas comunidades a la representación política, advirtiéndose que se apartan de los criterios constitucionales establecidos para garantizar la participación política de los pueblos y comunidades indígenas. En lo tocante a las acciones afirmativas de las y los jóvenes, la Autoridad Responsable, no
las fundó ni motivó debidamente.
Por otro lado, el Tribunal estimó fundada la omisión del Instituto, de implementar una acción afirmativa a favor de la comunidad LGBTI+, misma que garantice sus derechos político-electorales, por lo que se instruyó al Instituto analizar y en su caso establecer las medidas a favor del citado grupo vulnerable; asimismo, el Tribunal, advirtió que otro sector de la sociedad en desventaja son las personas con alguna discapacidad, por lo que dispuso que el Instituto, analice y en su caso implemente acciones afirmativas a favor de las personas con discapacidad.
En síntesis, el Instituto Estatal Electoral, deberá analizar y en su caso implementar acciones afirmativas a favor de los pueblos y comunidades indígenas, comunidad LGBTI+, personas con discapacidad y jóvenes. Asimismo, el Tribunal, vinculó al Congreso del Estado, con el objeto de que realice las adecuaciones legales correspondientes, a fin de garantizar el pleno ejercicio de los derechos políticos-electorales de los sectores de la sociedad en comento.
Las resoluciones pueden consultarse en el portal del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California www.tje-bc.gob.mx