Comunicado
TJEBC, DETERMINÓ LA EXISTENCIA DE VIOLENCIA POLÍTICA CONTRA LAS MUJERES ATRIBUIDAS A JORGE HANK RHON Y AL PES.
Se ordenó a las Autoridades Administrativas Electorales local, la inscripción de Jorge Hank Rhon en los registros Nacional y Estatal de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, por una temporalidad de seis meses.
Se determinó la existencia de actos anticipados de campaña, atribuidos a Lupita Jones y a la coalición “Alianza Va por Baja California”.
MEXICALI.-En la Vigésima séptima pública no presencial, al resolver el procedimiento especial sancionador PES-01/2021, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral del Estado (TJEBC), determinó la existencia de actos consistentes en violencia política contra las mujeres en razón de género atribuidos a Jorge Hank Rhon y al Partido Encuentro Solidario (PES) por falta al deber de cuidado.
El Tribunal lo consideró así, pues del análisis contextual, así como del marco político en que se dio la conducta denunciada, se arribó a la conclusión que se cumplieron con los elementos constitutivos de la jurisprudencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, así como también, que los comentarios vertidos por el denunciado se encontraron enmarcados en “estereotipos de género”.
Por lo anterior, el Tribunal impuso una amonestación pública al denunciado, así como al Partido Encuentro Solidario; además se ordenó a las Autoridades Administrativas Electorales local, la inscripción de Jorge Hank Rhon en los registros Nacional y Estatal de personas sancionadas por violencia política contra las mujeres en razón de género, por una temporalidad de seis meses.
Por otra parte, al resolver el procedimiento PES-33/2021, el Tribunal determinó la existencia de actos anticipados de campaña atribuidos a María Guadalupe Jones Garay, también conocida como Lupita Jones, así como a los Partidos Políticos que conforman la coalición “Alianza Va por Baja California” por falta al deber de cuidado.
El Tribunal lo consideró así, ya que del análisis de las pruebas ofrecidas por las partes, se advirtió que las expresiones emitidas por la denunciada se enmarcaron en la figura de “llamamiento expreso a votar o a no votar por una opción política” expresiones cuya emisión fue en una etapa previa a las campañas electorales en el presente Proceso Electoral local 2020-2021.
Por consiguiente, se impuso una amonestación pública a María Guadalupe Jones Garay y a los Partidos Políticos integrantes de la coalición “Alianza Va por Baja California” por falta al deber de cuidado. Las resoluciones pueden consultarse en el portal del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California www.tje-bc.gob.mx