Comunicado de CONAGUA
Para garantizar abasto de agua a la población ante sequía severa, extrema o excepcional, permitirá implementar medidas emergentes
Las medidas preventivas y de mitigación serán acordadas democráticamente con los integrantes de los consejos de cuenca afectados.
CIUDAD DE MÉXICO.-Hoy se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Acuerdo de inicio de emergencia por ocurrencia de sequía severa, extrema o excepcional en cuencas para el año 2021”, mediante el cual la Comisión Nacional del Agua (Conagua) podrá implementar medidas transitorias y concertadas con los usuarios para garantizar el abasto de agua a la población en cuencas o municipios que presenten dichas condiciones, conforme se indique en el Monitor de Sequía en México, que publica quincenalmente la misma Conagua.
Además de las acciones contenidas en los Programas de Medidas Preventivas y de Mitigación de los Consejos de Cuenca ⎯las cuales se acuerdan democráticamente con los miembros de los Consejos, integrados por representantes de los tres órdenes de gobierno, usuarios, la academia y la sociedad⎯, se podrán convenir limitaciones temporales a los derechos de agua, mediante reducciones de volúmenes a los concesionarios que se encuentren en cuencas en condiciones de sequía severa, extrema o excepcional.
Esas disposiciones están enfocadas a garantizar la disponibilidad de agua requerida para asegurar la salud y la vida de la población (abastecimiento doméstico y público urbano, tanto en localidades rurales como urbanas), así como disminuir efectos negativos de la sequía sobre el ambiente, en especial sobre el régimen de caudales ecológicos.
Las medidas se adoptarán sin perjuicio de otras que resulten procedentes por parte de la Conagua, y de aquellas que en el ámbito de sus respectivas competencias ejecuten otras autoridades.
Asimismo, la Conagua ⎯a través de sus organismos de cuenca y direcciones locales, y con la participación de los consejos de cuenca⎯ dará seguimiento a las acciones preventivas y de mitigación, así como a los apoyos por sequía, cuya conclusión será realizada en el momento en que las condiciones hidrometeorológicas lo permitan, de conformidad con los criterios técnicos señalados en los lineamientos publicados en el DOF el 22 de noviembre de 2012.
Por su parte, las dependencias y entidades que integran la Comisión Intersecretarial para la atención de Sequías e Inundaciones se coordinarán en el ámbito de sus respectivas competencias para dar apoyo en el cumplimiento del presente acuerdo.
La Conagua exhorta a los usuarios de las aguas nacionales de los municipios que presenten alguna condición de sequía ⎯conforme al reporte quincenal del Monitor de Sequía de México⎯ a implementar las acciones contenidas en el Programa de Medidas Preventivas y de Mitigación de Sequía que corresponda al consejo de cuenca en que se ubiquen, y que se pueden consultar en: https://www.gob.mx/conagua/acciones-y-programas/programas-de-medidas-preventivas-y-de-mitigacion-a-la-sequia-pmpms-por-consejo-de-cuenca.