Monserrat denuncia a Bonilla, al PT y de paso a AFN
TIJUANA (AFN).- La presidenta municipal de Tijuana Monserrat Caballero Ramírez denunció este día ante el Instituto Estatal Electoral al ex gobernador Jaime Bonilla Valdez, en lo individual, en conjunto y como grupo político del Partido del Trabajo en Baja California, y de paso, a la Agencia Fronteriza de Noticias AFN, lo mismo que al Canal 45.
Caballero Ramírez quien pretende su elección continua en Tijuana, interpuso esa denuncia «por violencia política contra la mujer en razón de género, actos anticipados de precampaña, actos anticipados de campaña y/o lo que resulte».
La alcaldesa, cuyo equipo legal ya ha interpuesto denuncias contra otros periodistas del Primer Sistema de Noticias (PSN) señaló en su denuncia presentada ante el licenciado Orlando Absalón, encargado de despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del IEE, que interponía esa queja y/o denuncia contra los señalados.
A Jaime Bonilla Valdez, lo denunció en su carácter de Comisionado Político Nacional, de militante y/o simpatizante de este partido político, así como contra el diputado local Sergio Moctezuma Martínez López; el también legislador Marco Antonio Blásquez Salinas; la ex secretaria de Honestidad, Vicenta Espinosa Martínez; el doctor Odilar Moreno Grijalva, extitular del Issstecali y la ex síndico municipal, María del Carmen Espinoza Ochoa.
Menciona al Partido del Trabajo en Baja California como «ente activo» y por «culpa in vigilando» al Canal 45 (PSN) La Voz del Pueblo y la Agencia Fronteriza de Noticias por la reproducción de las informaciones originadas por ese partido y el senador de la república.
Además se extiende «Contra quién resulte responsable» derivado de «las acciones sistemáticas y hechos continuos y reiterados, en conjunto, como grupo político y en lo individual, respectivamente, que pudieran constituir violencia política contra la mujer en razón de género llevadas a cabo en mi contra en sus diversas modalidades, así como actos anticipados de que precampaña y actos anticipados de campaña y lo que resulte».
La «culpa in vigilando» según se establece, es «la responsabilidad civil por hechos ajenos que requerían la vigilancia o supervisión de la persona que, finalmente, asume la culpa. Dicho de otro modo, se advierte: el responsable en concepto de «culpa in vigilando» responde por los actos cometidos por aquel sujeto al que, en un sentido amplio, representa».