Comunicado de prensa
La iniciativa considera el no ser discriminado para el ingreso, permanencia o ascenso en trabajos burocráticos
Se excluyen los delitos contra la vida, sexuales, violencia familiar, violencia política y personas deudoras alimentarias, entre otros
MEXICALI.- El legislador de MORENA, Ramón Vázquez Valadez, presentó iniciativa con el objeto de garantizar el principio de libertad de trabajo, reinserción social, igualdad y no discriminación, en las áreas de trabajo de los Poderes del Estado y Municipios.
Explicó que su propuesta parte de la reforma constitucional del año 2008, por el cual se cambió el paradigma de la reinserción social, y que plasmó una nueva base en el artículo 18 de la Carta Magna.
“Yo represento un distrito donde hay mujeres y hombres que han estado en conflicto con la ley en edades muy jóvenes, y con el paso del tiempo enfrentan situaciones reales de discriminación, porque se normalizó que sin distinguir su delito, se les excluye de los ámbitos laborales”, agregó.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha determinado que el requisito de no antecedentes penales viola principios de igualdad y no discriminación, de libertad de trabajo y de reinserción social, enmarcados en los artículos 1, 5 y 18 de la Constitución Política Mexicana, respectivamente.
Ramón Vázquez resaltó que Baja California tiene un pueblo trabajador, que mantiene una economía poderosa y una calidad de vida por encima de la media nacional, “sin embargo, no estamos exentos de problemas que aquejan y han marcado a varias personas, lo justo es que hagan una nueva vida y tengan mejores oportunidades”, dijo.
Cabe mencionar que esta reforma considera como excluyentes los delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, violencia familiar, violencia política por razón de género, así como las personas declaradas deudoras alimentarias morosas, esto en sintonía con el artículo 38 constitucional.
La fracción total que se desea agregar a la Ley del Servicio Civil de los Trabajadores al Servicio de los Poderes del Estado y Municipios de Baja California, en su artículo 51, considera que no podrán ser objeto de discriminación por razón de origen étnico, género, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o antecedentes penales, para el ingreso, permanencia o ascenso en empleos del sector público.