El expediente de la resolución del Consejo de la Judicatura Federal y entregado a los representantes de los tres Poderes permanece oculto, no quieren hacerlo público
Por Jaime Delgado
MEXICALI.- En el Poder Judicial y la Cámara de Diputados siguen mover un dedo sobre el tema de inhabilitación del Magistrado Carlos Cataño, quien de acuerdo al Consejo de la Judicatura Federal no debe ocupar un cargo público en la esfera Federal, estatal y municipal.
Desde el 17 de mayo fueron notificados los tres Poderes sobre inhabilitación del Magistrado Cataño, quien participó en una red de tráfico de influencias para Amparos de importadores de vehículos extranjeros, donde fueron involucrados priístas y panistas.
Todo el personal que participó en este tráfico de influencia fue inhabilitado y ningún ha ganado el caso en otra instancia porque la decisión es inatacable y causó Estado, es decir, ya no hay recurso que valga.
La presidenta del Congreso del Estado, diputada Mónica Bedoya dijo que al Poder Legislativo no le corresponde iniciar el procedimiento, hay que esperar que haya resolución que promovió el mismo Magistrado inhabilitado.
La legisladora panista reconoció que le corresponde al Congreso del Estado otorgar licencias o designaciones de Magistrado, pero en el caso de inhabilitación la representante popular atribuyó al Poder Judicial iniciar con el procedimiento.
Mientras que en el Tribunal Superior de Justicia del Estado el tema de inhabilitación tampoco se ha puesto en el orden del día por parte del presidente Magistrado Jorge Armando Vázquez, de igual forma no ha notificado al Consejo de la Judicatura, mucho menos a la Comisión de Disciplina que preside el Consejero Gerardo Brizuela Gaytán.
El Consejo Brizuela dijo que no ha recibido notificación alguna, y lo que se ha enterado fue por medio de la prensa.
La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación indica en el artículo 128 que la «interposición de la revisión administrativa no interrumpirá en ningún caso, los efectos de la resolución impugnada».
La Quinta Sala que se compone de tres Magistrado, entre ellos Cataño González, ha seguido tomando decisiones a pesar del recurso de inhabilitación, y en temas como homicidios, tráfico de drogas, robos con violencia, por ejemplo el pasado 27 de junio sesionó y se realizaron 22 actuaciones.
Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Artículo 128. Las resoluciones del Pleno de la Suprema Corte de Justicia que declaren fundado el recurso de revisión administrativa planteado, se limitarán a declarar la nulidad del acto impugnado para el efecto de que el Consejo de la Judicatura Federal dicte una nueva resolución en un plazo no mayor a treinta días naturales.
La nulidad del acto que se reclame no producirá la invalidez de las actuaciones del magistrado de circuito o del juez de distrito nombrado o adscrito.
La interposición de la revisión administrativa no interrumpirá en ningún caso, los efectos de la resolución impugnada.
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