Fue corruptora la reforma, dijo ministro presidente Arturo Zaldivar
CIUDAD DE MÉXICO.- Por unanimidad de votos fue aprobado el proyecto de Acción de Inconstitucionalidad de la reforma del artículo octavo transitorio de la Constitución de Baja California, presentado por el Ministro José Fernando Franco González.
Como primer punto de la sesión, la primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó el dictamen aprobado en general el proyecto, pero reservando puntos en particular que no modifican el sentido de la sentencia.
Luego de pronunciarte todos y todas las Magistradas de la Corte sobre el proyecto, se votó por unanimidad a favor del proyecto Franco González, declarando inválida la reforma impugnada, denominada como #LeyBonilla.
El Ministro Arturo Zaldivar, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dijo que la reforma constituye un gran fraude a la Constitución, el Congreso del Estado alteró los resultados electorales constituidos.
El proceso electoral 2018-2019 se desarrolló bajo el concepto constitucional que la gubernatura sería de 2 años, sin embargo, la pregunta inequívoca es la Constitucionalidad de dicho cambio, «la respuesta es a todas luces negativa».
La legislatura local fraguó un fraude a la Constitución, no es término retórico, sino un ilícito, que consiste en la violación del periodo de veda legislativa previsto en el artículo 105 Constitucional.
La reforma entraña a la violación del voto, dijo el Ministro Presidente en su intervención durante la sesión de la Primera Sala.
La reforma pone de manifiesto un efecto corruptor de rango constitucional, en donde se pretendió violar la constitucional, corrompiendo de manera tajante el principio democrático, estableció.
“Se llevó a cabo toda una maquinación con la que se pretendía burlar la voluntad popular», reiteró.
La Constitución no es de cumplimiento optativo con una consulta y justificando la pandemia, destacó el Ministro Zaldivar.
La ministra Yasmín Esquivel apoyó el proyecto de dictamen, porque viola lo dispuesto en el artículo 105 de la Constitución mexicana.
Así cada uno de los ministros de la Corte se pronunciaron a favor del dictamen y señalando el fraude a la constitución y violación al voto popular.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 112/2019 Y SUS ACUMULADAS 113/2019, 114/2019, 115/2019, 119/2019 Y 120/2019
PROMOVENTES: PARTIDOS ACCIÓN NACIONAL, MOVIMIENTO CIUDADANO, DE LA REVOLUCIÓN DEMOCRÁTICA, REVOLUCIONARIO INSTITUCIONAL, DE BAJA CALIFORNIA, Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
El Dictamen del Ministro José Fernando Franco González Salas establece que «la norma impugnada amplió el mandato más allá de los dos años por los que fue electo democráticamente el Gobernador del Estado de Baja California en el proceso electoral 2018-2019, puede concluirse que esa medida vulnera materialmente el principio de no reelección, al desconocer la prohibición fundamental referida».
En el documento de 218 páginas, el Magistrado González Franco indicó que «no se soslaya que la reforma se emitió y publicó en una fecha anterior a que iniciara el periodo de gobierno que modificó, y que el titular de la Gubernatura en ese periodo no participó en el proceso legislativo correspondiente, porque aún no asumía el cargo; sin embargo, tales circunstancias no modifican el vicio sustancial advertido, en el sentido de que con posterioridad a la decisión del electorado expresada en las urnas, se alteró la duración del cargo materia de esa elección».
También es inexacto el argumento planteado por los Poderes Ejecutivo y Legislativo del Estado de Baja California en el que refieren que no es posible afectar el periodo de gobierno actual, debido a que ya se llevó a cabo la toma de protesta correspondiente y ello implicaría darle efectos retroactivos, expuso el Ministro.
«Protestar un cargo público, como es el de Gobernador de una entidad federativa, no constituye derecho alguno a favor de la persona que lo ocupa en relación con la duración del cargo».