Podrán emprender litigios diputados locales y ediles, así como ciudadanos por «interés legítimo»
TIJUANA.-El senador Marco Antonio Blásquez puntualizó que la Ley del Agua para el Estado de BC puede dar lugar a una controversia constitucional entre ayuntamientos y la Legislatura local con el Titular del Poder Ejecutivo, y que también hay motivos de inconstitucionalidad que habilitan a cualquier ciudadano a interponer una demanda de amparo a través de la figura del «interés legítimo».
Blásquez agregó que los Organismos Operadores Metropolitanos establecidos en los artículos del 13 al 25 de la nueva ley resultan violatorios de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la particular de BC.
Y explica: «Los servicios públicos establecidos en el 115 constitucional así como el de agua potable, alcantarillado y saneamiento son de la competencia inmediata y directa de los municipios a través de los ayuntamientos.
Ambas Constituciones prevén que para el caso de que el Ayuntamiento se encuentre incapacitado para prestar alguno de estos servicios, podrá solicitar que el Estado lo haga de manera temporal o bien que ambos lo presten coordinadamente».
En ambos casos –precisó el senador del PT– se requiere la celebración de un convenio en el que el municipio exprese su voluntad con una mayoría calificada de las dos terceras partes de los regidores. Estos extremos no se cumplieron. Esto implica una invasión a la competencia de los municipios.
Por otra parte, Blásquez aseguró que la ley contiene otras porciones que entrañan violaciones a la Constitución como la fracción XXVI del artículo 2º en relación con el artículo 88, fracción IV, que trata de la autorización al órgano operador para cortar el suministro de agua, lo cual es una abierta violación al derecho al agua sancionado en el artículo 4º de la Constitución.
Agregó que las concesiones para la prestación del servicio público de agua potable establecido en el artículo 48 de la nueva Ley del Agua resultan también violatorias del derecho al agua así como invasoras de la competencia de los municipios.
«Esto conculca lo dispuesto en los artículos 14 y 115 constitucionales pues se establece la facultad de otorgar las concesiones con carácter potestativo y no se establece en qué supuestos de incapacidad por parte del Ayuntamiento procedería la necesidad de recurrir a las concesiones», abundó.
Finalmente, el senador Blásquez manifestó que entablará comunicación con los ediles de los 5 municipios, así como con los diputados que votaron en contra de la ley señalada a fin de brindarles su apoyo como senador y como ciudadano.