CIUDAD DE MÉXICO.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que ex gobernador Jaime Bonilla, podrá regresar al Senado de la república, luego de que la Sala Regional determinara lo contrario, todo por la falta de representación legal del dirigente del PAN, Mario Osuna.
La sentencia impugnada fue con 4 votos a favor y dos en contra de los miembros de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Los recursos de reconsideración 223 y 225 fueron promovidas por el ex gobernador Jaime Bonilla, del Partido Morena.
«No tenía razón de ser» recurso del PAN: Magistrado Vargas
El Magistrado José Luis Vargas Valdez, fue el encargado de analizar los dos recursos de reconsideración, quien determinó en su análisis que el estudio tuvo que rechazarse en la Sala Regional que determinó no aceptar el regreso de Bonilla al Senado de la República.
Durante el análisis, el Magistrado Felipe de la Mata Pizaña, consideró que el ex Gobernador Jaime Bonilla, se manifestó en contra de la resolución del togado Vargas.
«De la sentencia impugnada advierto que la Sala Regional valoró escritura pública si el demandante podía demandar», indicó, por ello no coincidió con el resolutivo.
El recurrente no se puede incorporar porque ya no es Senador de la república y existe un impedimento constitucional para tener dos cargos de elección popular, apuntó el Magistrado Felipe de la Mata.
El Artículo Constitucional 125 estable la prohibición de que el ex gobernador de Baja California no puede reincorporarse.
El recurrente fue Senador hasta el 31 de octubre, luego de asumir el cargo de Gobernador, apuntó.
La Magistrada Mónica Soto Fregozo, establece que la Ley de Medios de Impugnación establece requisitos para impugnar, aunque se ha flexibilizado en algunos aspectos, pero en este caso impugnado la incorporación del recurrente al Senado por lo que es de naturaleza federal, en ese sentido, podría decirse que en principio jurídico están facultados las dirigencias nacionales o quien cuente con Poder o Mandato para controvertir actos de esta naturaleza.
Sin embargo, quien promovió el recurso carecía representación de la dirigencia estatal, por lo que debe circunscribirse a temas locales y no federales, dijo la Magistrada Soto Fregozo.
Es decir, el recursos de impugnación del regreso de Jaime Bonilla al Senador tuvo que promoverse por la dirigencia nacional del PAN, estableció.
El Magistrado Indalfer Infante González, destacó que el dirigente estatal del PAN, Mario Osuna, ni siquiera exhibe la documentación que acredite que es dirigente partidista, como lo exige el Artículo 13 Fracción II de la Ley de Medios de Impugnación, pero es un hecho notorio que tiene esa calidad y la Sala Regional consulta la página de internet del Partido.
Tampoco se advierte que la dirigencia nacional del Partido que impugnó haya otorgado facultado al presidente del PAN en Baja California, dijo el Magistrado Infante.
El Magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, se pronunció a favor del proyecto, tras señalar que la Sala Regional hizo una interpretación a la Ley de Medios de Impugnación y omitió seguir el procedimiento del artículo 19 de dicha normatividad para que el actor acredite su personalidad.
Aunque el dirigente estatal del PAN presentó a la Sala una acta notarial, no exhibió el poder ante un Fedatario, dijo el Magistrado Fuentes.
La relevancia radica que la ausencia del documento para corroborar que es dirigente partidista, la Sala Regional en lugar de requerirlo decidió acudir a otros medios, consultar al sitio web del PAN.
La presidenta de la Sala, Magistrada Janine M. Otalora Malassis, dijo que la Sala Regional dijo que consiste un nivel de inconstitucionalidad y se pregunta si la Constitución Federal establece o no una restricción para que regrese al Senado.
El artículo 125 de la Constitución establece que ningún individuo no puede desempeñar dos cargos públicos, reiteró.
Este Derecho de optar, de los dos cargos, establece el deber de elegir uno de los cargos (Senador o Gobernador), estableció.
Fue correcta la conclusión de la Sala Guadalajara, porque al momento que Jaime Bonilla, decidió por ser Gobernador dejó vacante el escaño en el Senado, destacó la presidenta de la Sala Superior.