Comunicado de prensa
Dictámenes de las solicitudes del TEJA, y del ITAIP son avalados en sesión ordinaria
También los Dictámenes relativos a desincorporar predios del patrimonio del dominio público al privado para el Programa Estatal de Vivienda; y para su donación, para la construcción de una unidad de medicina familiar del IMSS en Mexicali
MEXICALI.- En sesión de Pleno se aprobaron diversos dictámenes de la Comisión de Hacienda y Presupuesto, que preside la Diputada Julia Andrea González Quiroz, de las solicitudes del TEJA y del ITAIP, y dos más, para desincorporar predios del patrimonio del dominio público, para destinarlos al Programa Estatal de Vivienda; y para su donación a favor del IMSS, para una unidad de medicina familiar.
Se refiere el Dictamen No. 173 a la Iniciativa de Decreto que desincorpora del patrimonio del dominio público del Estado, e incorpora al patrimonio del dominio privado del mismo, doce predios propiedad del Gobierno del Estado (11 de Mexicali y 1 de Ensenada), para ser destinado al “Programa Estatal de Vivienda 2022–2027”. Y se aprueba por dieciséis votos a favor, cuatro en contra (Diputados Diego Echevarría, Alejandrina Corral, Amintha Briceño, Daylín García), y dos abstenciones Moctezuma López y Marco Blásquez).
En el transitorio segundo del Decreto, se establece que se notifique este Decreto para los efectos legales correspondientes, a la Secretaría General de Gobierno, a la Oficialía Mayor de Gobierno del Estado, a la Dirección del Registro Público de la Propiedad y del Comercio, así como a la Secretaría de Hacienda del Estado. Y en el tercero que: el Ejecutivo Estatal, deberá informar al Congreso de Baja California, sobre las acciones a realizar en el citado programa, con relación a los predios materia del presente Decreto.
Luego, se aprobó por dieciocho votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Dictamen No. 174 de la Iniciativa de Decreto para desincorporar del patrimonio del dominio público del Estado, e incorporar al patrimonio del dominio privado del mismo, el predio identificado como lote 1, 2, 3 y 4 de la manzana 49 del Fraccionamiento Residencial Sevilla Segunda Sección, en Mexicali, para su donación a favor del IMSS, para una unidad de medicina familiar.
Se establece en el artículo cuarto, que en caso de que el bien inmueble materia del presente Decreto, no sea destinado por el IMSS, para los fines señalados en el artículo segundo, en un término de dos años contados a partir de la fecha que se formalice la donación, o si se les da un uso distinto, sin la autorización escrita de la persona titular del Poder Ejecutivo Estatal, su propiedad se revertirá al patrimonio del Gobierno de Baja California, junto con sus mejoras, en los términos previstos en las disposiciones legales aplicables.
Esta disposición deberá insertarse en los instrumentos traslativos de dominio respectivos.
Después, se aprobó por dieciocho votos a favor, dos en contra (Diputados Blásquez y Moctezuma Martínez) y cero abstenciones, el proyecto que da origen al Dictamen No. 176 de la solicitud de autorización para efectuar ampliación de partidas, al Presupuesto de Egresos del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de Baja California, para el presente ejercicio fiscal.
Así mismo, fue aprobado por dieciocho votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el Dictamen No. 177, relativo a la solicitud de autorización del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa, para efectuar ampliación de partidas del Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal 2023,
Como se ha dado a conocer, el objeto central de la presente solicitud de modificación presupuestal, es la “Regularización Fiscal de las Nóminas del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Baja California (TEJABC)” y con ello dar cumplimiento a diversas disposiciones federales y estatales, en materia fiscal y de seguridad social.
En el segundo resolutivo del presente Dictamen, se establece que la Secretaría de Hacienda del Estado, transfiera los recursos al Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Baja California hasta en tanto dicho Tribunal cuente con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 27 del Código Fiscal de la Federación.
Y en los transitorios segundo y tercero, se establece que: el Tribunal Estatal de Justicia Administrativa de Baja California, deberá informar al Congreso del Estado de manera inmediata, una vez que cuente con el Registro Federal de Contribuyentes; y que se deberá notificar el presente Decreto, al Tribunal Estatal de Justicia Administrativa y a la Secretaría de Hacienda, ambos de Baja California.
Además, se aprobó por diecinueve votos a favor, cero en contra y cero abstenciones, el proyecto que da origen al Dictamen No 178, relativo a la solicitud de autorización, para efectuar transferencias de partidas presupuestales del Presupuesto de Egresos 2023 del Tribunal Estatal de Justicia Administrativa.